¿Cada vez son más las empresas que contratan ciberseguros?

La respuesta es un rotundo sí. Es un hecho que la contratación de ciberseguros ha aumentado exponencialmente.

Desde 2012, el año en que se empezaron a contratar las primeras pólizas en España, hasta el día de hoy el sector del ciberseguro es de los que más han crecido. 

Debido a la evolución de Internet y de la  informática, consecuentemente ha aumentado el número de amenazas a las que debe hacer frente una compañía en cuestión de ciberseguridad. Todas y cada una de las empresas existentes están expuestas a sufrir un ciberataque, independientemente del sector al que pertenezcan, del lugar en el que se ubiquen, o el número de empleados y usuarios que la conformen. 

Las consecuencias de sufrir un ciberataque son varias, desde el tiempo y el dinero que se necesita para subsanar, pasando por el desprestigio que sufre el negocio, hasta las posibles demandas y sanciones si se llega a dar la pérdida o el robo de datos personales. Para prevenir todos estos males, existen los ciberseguros.

El primer aumento de la contratación de seguros cibernéticos significativo se hizo en 2018. Para conseguir cubrir los gastos debidos al compromiso de datos que exigía el nuevo Reglamento en Materia de Protección de Datos.

Y volvió a pasar el año pasado, con la pandemia de la Covid-19, tras el decreto de estado de alarma y la obligación de todos los trabajadores del país a trasladarse al teletrabajo desde casa, en la mayoría de los casos con dispositivos personales. Esta situación provocó un crecimiento de la conciencia del riesgo cibernético por parte de directivos, empleados y usuarios. 

 El ciberseguro ya no se percibe como un lujo, sino como una necesidad

Esta afirmación junto con la creciente demanda del seguro cibernético por parte de las empresas, conduce a la obligación de la revisión permanente de los términos y condiciones de las pólizas cibernéticas. Lo que conlleva a la aparición de nuevos tipos de coberturas con nuevas condiciones y exclusiones.

Los ciberseguros cubren dos tipos de garantías: unas básicas y otras complementarias, además de en ambos casos dejar algunos riesgos fuera de la cobertura. Estos casos que se excluyen, normalmente, son: Aquellos daños que resulten de los actos ilícitos llevados a cabo por el asegurado de manera deliberada, daños materiales y personales, reclamaciones y litigios producidos antes de la firma del contrato del ciberseguro, violación de la normativa sobre secretos comerciales y patentes, y los que tiene que ver con la guerra y el terrorismo.

Asimismo, no son simplemente legales o económicos, sino que también pueden ser técnicas. Y es importante tener en cuenta que depende de la ciber póliza que la empresa contrate, podrá disfrutar de unas u otras coberturas distintas.

Qué tener en cuenta para contratar un ciberseguro:

  • La actividad de la empresa.
  • El tipo de datos que trata.
  • Los equipos informáticos que se utilizan.
  • Dónde se almacena la información de carácter personal o confidencial de clientes y/o empleados.
  • Si trata datos médicos o financieros, u otra categoría de carácter especial.
  • Si almacena propiedad intelectual.

A pesar de que las empresas aún no estén obligadas de manera legal a tener ciberseguro, es 100% recomendable, para ayudar a mitigar el impacto económico de un ataque cibernético sobre la compañía afectada. Además, ya es un factor clave para que la empresa siga con su continuidad del negocio, con el mínimo número de brechas de seguridad. 

En definitiva, el confinamiento y la crisis sanitaria han acelerado la digitalización de la sociedad. El teletrabajo, la conciliación, la distancia social, la creciente importancia de la ciberseguridad y la contingencia y continuidad del negocio, son los términos que han provocado este aumento exponencial de la contratación del ciberseguro.

 

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