Cómo securizar nuestra vida digital: Parte I

Desde CyberSecurity News comenzamos una serie de publicaciones destinadas a explicar de una forma cercana cómo securizar nuestra vida digital. Comenzamos con la Parte I de IV.

Está claro que en 2019 el nivel de digitalización de España era alto pero no cabe duda que este 2020 ha supuesto también un punto de inflexión en cuanto a nuestros hábitos digitales. 

Un claro ejemplo son todas aquellas personas que nunca habían realizado un pedido por Internet, nunca habían realizado una videollamada con sus seres queridos o que nunca se imaginaron que también se podría trabajar perfectamente desde el salón de su casa. 

Es por ello por lo que en esta secuencia de artículos vamos a explicar diferentes pilares para mantener una vida más cibersegura. Y lo haremos con 4 artículos que tratarán diferentes temáticas destinadas a protegernos cuando navegamos, a concienciarnos de los diferentes ciberriesgos

  • Parte I: Conociendo lo que Internet dice de nosotros y cómo aumentar nuestra privacidad 
  • Parte II: `Protegiendo todos nuestros entornos digitales
  • Parte III: Securización de nuestro hogar digital
  • Parte IV: Evitando el phishing y las estafas

¿Qué es el egosurfing? 

No podríamos comenzar esta serie de artículos sin conocer en primer lugar qué dice la red sobre nosotros. Por tanto, una buena práctica que todos deberíamos de hacer de vez en cuando es lo que se denomina como egosurfing. Es decir, buscar en Internet la información pública e indexada por los diferentes buscadores sobre nosotros. 

Para ello, bastará con ir al motor de búsqueda (siendo Google el más usado), e incluir como palabra clave nuestro nombre. Igualmente se recomienda realizar una búsqueda entre comillas tanto con nuestro nombre como con otra información personal relevante como puede ser nuestro número de teléfono o nuestro DNI

Con esta práctica seguramente conseguiremos descubrir la información pública que está en la red y que trata sobre nosotros. Si nunca hemos realizado esta práctica, muy probablemente nos sorprenderemos al descubrir webs que incluyen nuestra información y que ni siquiera recordamos o conocemos. 

Dicho esto, lo más común es que entre los primeros resultados encontremos los perfiles de redes sociales en los que tenemos presencia como LinkedIn, Facebook, Twitter o Instagram, al igual que la página web de nuestra compañía o bien algún artículo en el que hayamos colaborado. 

¿Cómo nos puede perjudicar esta información pública?

Que todo el mundo tenga acceso con una simple búsqueda a todas nuestras fotografías y vídeos (que reflejan nuestra vida del día a día) en las diferentes redes sociales o que encuentren informaciòn relacionada con nosotros respecto a trabajos, estudios u otras temáticas que no resulten de interés en la actualidad o que simplemente no refleje nuestra vida actual, podría perjudicarnos de muy diferentes formas. 

En primer lugar y pensando siempre en los ciberdelincuentes, tenemos que tener en cuenta que cuando estos definen un ciberataque, al comienzo, el primer paso resultaría en la búsqueda de información sobre la víctima. Y, para nuestra intranquilidad, existen muchas herramientas de OSINT que recopilan toda la información pública sobre nosotros y la analizan. 

Pero no solo este descuido por nuestra parte puede permitir al ciberdelincuente perpetrar su ataque sino que centrándonos en fines lícitos, por ejemplo una empresa a la que estemos pasando un proceso de selección, el equipo de recursos humanos podría analizar nuestro perfil en redes sociales o en Google, algo que en ciertos casos podría perjudicar nuestro proceso de selección. 

¿Cómo ejercer el derecho al olvido?

La GDPR nos ampara para poder ejercer al menos sobre la teoría, el derecho al olvido. Es por ello por lo que sí hemos encontrado webs de terceros en la que no podemos controlar la información que se expone sobre nosotros, podemos contactar con los diferentes motores de búsqueda como Google, Bing o Yahoo! 

Tal y como explica la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), “La normativa de protección de datos establece que para ejercer el derecho de supresión (y, por tanto, el ‘derecho al olvido’) es imprescindible que el ciudadano se dirija en primer lugar a la entidad que está tratando sus datos, en este caso al buscador. Los buscadores mayoritarios han habilitado sus propios formularios (GoogleBing o Yahoo ) para recibir las peticiones de ejercicio de este derecho en este ámbito. Si la entidad no responde a la petición realizada o el ciudadano considera que la respuesta que recibe no es la adecuada, puede interponer una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos. En función de las circunstancias de cada caso concreto, la Agencia determinará si la estima o no. Esta decisión de la Agencia, a su vez, es recurrible ante los Tribunales.

Es decir, cada motor de búsqueda nos ofrece un formulario en el que debemos incluir información personal y lo más relevante, mostrar las direcciones webs en las que se encuentra la información que queremos que dejen de tener visibilidad así como los motivos por los cuales queremos ejercer nuestro derecho al olvido. Es muy importante que este apartado esté muy completo y demos todos los detalles posibles sobre el por qué queremos dejar de tener esa visibilidad

Pero, ¿si ejerzo el derecho al olvido la información desaparecerá de Internet? 

Tal y como explica la AEPD, “No. La sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 13 de mayo de 2014 determina que sólo afecta a los resultados obtenidos en las búsquedas hechas mediante el nombre de la persona y no implica que la página deba ser suprimida de los índices del buscador ni de la fuente original. El enlace que se muestra en el buscador sólo dejará de ser visible cuando la búsqueda se realice a través del nombre de la persona que ejerció su derecho. Las fuentes permanecen inalteradas y el resultado se seguirá mostrando cuando la búsqueda se realice por cualquier otra palabra o término distinta al nombre del afectado.

Dicho de otra forma, si por ejemplo Google nos acepta el formulario y consegimos ejercer nuestro derecho al olvido, simplemente al volver a incluir en Google nuestro nombre o palabra clave para las cuales hemos dicho a Google que aparecía dicha información, ya no aparecerá. Pero debemos recordar que la página web original sigue incluyendo esa información, simplemente Google le está quitando visibilidad. Por ello, si queremos que la información desaparezca al 100% es reomendble ponerse en contacto con la web fuente y pedirle la eliminación del contenido y los motivos. 

Aumentando la privacidad de nuestras redes sociales

Ya hemos practicado el egosurfing, hemos analizado toda la información pública que los diferentes motores de búsqueda ofrecen sobre nosotros y además, en los casos que nos parecen inadecuados, hemos ejercido o intentado al menos, nuestro derecho al olvido con los buscadores para limitar dicha visibilidad o bien contactando directamente con la página web que incluye la información original para que la elimine

Pero como dijimos al comienzo de este artículo, quizás la información pública más relevante que existe en internet sobre nosotros, proviene de las redes sociales. Y aquí, si que tenemos muchas opciones para mejorar nuestra privacidad y sobre todo, depende de nosotros. 

Así pues dejamos unos consejos para aumentar nuestra privacidad en las redes

  • Cambiar la privacidad de nuestro perfil y pasar a tener un perfil privado en el que la información que se muestre a desconocidos sea muy limitada. 
  • Antes de aceptar cualquier solicitud de amistad o contacto, verificar la fiabilidad del usuario. 
  • Antes de realizar una publicación, pensemos en la información personal que estamos dando y su relevancia.
  • Respetar en las redes sociales y no realizar comentarios que vayan en contra de las políticas de la red.  
  • Ser muy precavidos en las redes de contactos y no aportar información privada o relevante cuando hablemos con usuarios que no conocemos. 

Llegados a este punto, hemos completado nuestro primer paso hacia una vida digital más segura. Estamos controlando (más que antes), la información pública que trata sobre nosotros en la red. ¡Os esperamos en el siguiente artículo de nuestra secuencia! ¿Cómo securizar nuestra vida digital? Parte II

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

TE PUEDE GUSTAR

RECIBE LA NEWSLETTER

*Email: *Nombre apellidos: *Empresa: Cargo: Sector:

 
Please don't insert text in the box below!

ARTÍCULOS MÁS RECIENTES

ESCUCHA NUESTRO PODCAST

SÍGUENOS EN RRSS

MÁS COMENTADOS

Scroll al inicio